Reclamaciones de pacientes

 

Reclamacion 17-06-2025 sobre sala de espera de urgencias del Morales Meseguer de Murcia pincha AQUI para verla

Una vez que respondan (si es que lo hacen) se hara publica aqui la contestacion y el tiempo que han tardado en realizarla. 

 

 

Respuesta reclamacion del 17-06-2025-   Recibida via telematica el dia 28-06-2025       

 

RESUMEN de la respuesta:  En el punto "3" revisen ustedes las reclamaciones otra vez y busquen alguna que tienen pendiente del año 2024, dirigida NO solo al Hospital, si no a varios departamentos, incluida la Consejeria de Salud. 

 

En el punto "4", agradecemos encarecidamente la celeridad en dar solucion al problema del aire acondicionado, algo que seguro que agradeceran muchos pacientes que acuden a urgencias. 

 

En el punto "5" Hacen ustedes mencion "textual"  (En este sentido, desde el servicio de atención al usuario (SAU) se está promocionando la presentación de las reclamaciones en registros oficiales y sede electrónica) Comentan que se esta "promocionando", en ningun momento mencionan y exponen que se trate de ninguna "orden" ni articulo debidamente regulado por la Consejeria de Salud, ni ninguna orden directa desde Direccion del Hospital, por lo que la funcionaria o funcionarios que se nieguen a sellar de nuevo alguna reclamacion que se les presente en atencion al paciente tendran que responder directamente  como responsables directos por saltarse o incumplir sus obligaciones como funcionario publico:  

Responsabilidad Ética La Responsabilidad por Omisión se da cuando no se hace lo que se debe de acuerdo con los principios y reglas de conducta ética.

 

Responsabilidad Administrativa o Disciplinaria: 

La responsabilidad administrativa, llamada también disciplinaria, alcanza a funcionarios y agentes sólo en sus funciones, no en su patrimonio ni persona. Se produce cuando se incurre en una falta de servicio cometida por el agente transgrediendo las reglas de la función pública y las sanciones pueden ser: amonestación, suspensión, cese o exhoneración.

Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. dispone que “La  obligación  del  que  ha causado un daño se  extiende a los daños que causaren los que están bajo su  dependencia,  o  por las cosas de que se sirve, o  que  tiene  a  su  cuidado.  Cumplir su función respetando los principios y pautas éticas que establece la ley: honestidad, buena fe, etc.

 

Responsabilidad Civil: 

Se incurre en responsabilidad civil, cuando el funcionario tiene un comportamiento del cual deriva un daño o perjuicio a un tercero ajeno a la administración. 

"la ley es igual para todos" es un principio fundamental del estado de derecho, que implica que la ley se aplica por igual a todas las personas, sin discriminación, y que nadie está por encima de ella.

 

En España, el principio de "ignorantia juris non excusat" establece que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. Esto significa que, aunque una persona no conozca una ley, sigue estando obligada a cumplirla y puede ser sancionada si la infringe. La ley se presume conocida por todos una vez que ha sido publicada y entra en vigor. 

 

Por lo tanto, si un funcionario recibe una orden de un superior y este no se molesta en saber si puede estar incurriendo en una ilegalidad o arbietrariedad (que es el caso que nos ocupa) , seria responsable directo de cumplir esa orden, independiemtemente de la responsabilidad del superior que indica que se cumpla esa orden a sus subordinados. 

 

Los funcionarioso disponen de un servicio sindical (que por cierto pagamos todos los españoles y que no solo esta al servicio de ellos para que se les reduzca las horas laborales) que pueden usar para preguntar cualquier orden que le da un superior y saber si es una arbietrariedad o se esta abusando de los ciudadanos al cumplir las ordenes ilegales o fuera de la misma, ya que no estan debidamente reguladas o carecen de legitimidad. 

 

Dar una orden u obligar a los ciudadanos (todos) a utilizar los medios electronicos para realizar una reclamacion es, como minimo una medida DISUASORIA y ARBITRARIA para evitar que hayan reclamaciones, como ejemplo, la gran mayoria de personas que acuden a un servicio de urgencias son personas mayores que, la gran mayoria adesconoceran las nuevas tecnologias para poder realizar una reclamacion, por no comentar que deben disponer tambien de DNI electronico, saberse la clave, tener los certificados del DNI sin caducar, disponer de ordenador, internet, lectror de DNI, saber utilizar la aplicacion de firma electronica y un largo etc de tramites que, solo a mi entender y al de muchas personas, imposibilitan la realizacion de una simple reclamacion que puede hacerse en el mismo lugar donde se encuentra el paciente en ese momoento que, para eso esta el servicio de atencion al paciente, esta regulado por los presupuestos tanto del Estado y tranferidas a las Comunidades Autonomas y esta media que intenta implantar el SMS, atenta directamente contra los intereses y derechos de los ciudadanos, con el unico fin, NO de agilizar y mejorar la atencion al ciudadano, si no la de intentar que hayan las menores reclamaciones posibles y asi enmascaras la NEFASTA gestion que recibismos los administrados de los administradores. 

 

Para muestra, realicen ustedes mismos el mismo ejercicio de comprobacion que nosotros, pasense por una sala de urgencias ( la que quieran) provistos de ordenador, lector de DNI y tengan instaladas la firma digital e intenten que alguien conozca los mecanismos para realizar una reclamacion, por mucha explicacion que tengan en su pagina web, en cuanto intenten explicar los pasos, en el segundo ya les estan diciendo que es un sistema muy complejo para una generacion que no ha crecido digitalmente, un tramite que, teniendo todo  lo que se necesita, y sabiendo hacerlo, puede llegar a durar unos 10-15 minutos, cuando estando el servicio de atencion al paciente (deberia estar las 24h en los servicios de urgencias tal y como indican los presupuetos regionales) no se tardaria mas de 2 minutos reflejar la reclamacion o agradecimiento en un papel, por lo tanto, no estariamos hablando de mejorar un servicio, si no de poner trabas a los ciudadanos para que hayan las menos reclamaciones posibles. Hace unos cuantos años, estando en un debate en la Asamblea Regional de Murcia, una diputada de la oposicion (Begoña Garcia Retegui) le realizo una pregunta al presidente de la comunidad de aquella legislatura (Ramon Luis Valcarcel Siso) sobre la mala gestion del SMS, a lo que el Sr Presidente le respondio "no ira tan mal cuando apenas existen reclamaciones", una clara opcion para que siga asi, y cada vez hayan menos reclamaciones a la nefasta gestion del SMS.